El periodo de espera es el tiempo que una persona cubierta por una póliza de seguros de gastos médicos debe esperar hasta poder beneficiarse de una determinada cobertura.
Así de sencillo.
¿Cuál es la razón de ser del periodo de espera?
También es bastante sencillo: es una forma que tienen las aseguradoras de intentar controlar que nadie contrate un seguro para cubrir una condición que ya está en curso.
El caso que más personas tienen en la cabeza es el periodo de espera para acceder a la cobertura de maternidad, que suele ser de nueve o diez meses, pero hay otras coberturas que también cuentan con periodo de espera. De hecho, la propia cobertura general de la póliza, cuenta con un periodo de espera (que varía según la compañía). De este periodo de espera general, se suelen excluir las enfermedades infecciosas y los accidentes. Muchas compañías exoneran (eliminan) este periodo de espera general si quien solicita la póliza acredita haber tenido una cobertura similar hasta el momento de presentar la nueva solicitud.
En el algunos países existe lo que se llama el periodo de disputabilidad, que en casos reemplaza al de espera, en otros coincide con él con igual o diferente duración. Es el periodo de tiempo durante el cual la compañía, a la vista de una reclamación por un servicio médico, puede cuestionar si la condición que motivó ese servicio existía antes de la contratación del seguro y, en caso afirmativo, plantear una exclusión o una sobreprima.
¿Tienes dudas sobre tu póliza? Me tienes a un clic para preguntarme lo que necesites.
Así de sencillo.
¿Cuál es la razón de ser del periodo de espera?
También es bastante sencillo: es una forma que tienen las aseguradoras de intentar controlar que nadie contrate un seguro para cubrir una condición que ya está en curso.
El caso que más personas tienen en la cabeza es el periodo de espera para acceder a la cobertura de maternidad, que suele ser de nueve o diez meses, pero hay otras coberturas que también cuentan con periodo de espera. De hecho, la propia cobertura general de la póliza, cuenta con un periodo de espera (que varía según la compañía). De este periodo de espera general, se suelen excluir las enfermedades infecciosas y los accidentes. Muchas compañías exoneran (eliminan) este periodo de espera general si quien solicita la póliza acredita haber tenido una cobertura similar hasta el momento de presentar la nueva solicitud.
En el algunos países existe lo que se llama el periodo de disputabilidad, que en casos reemplaza al de espera, en otros coincide con él con igual o diferente duración. Es el periodo de tiempo durante el cual la compañía, a la vista de una reclamación por un servicio médico, puede cuestionar si la condición que motivó ese servicio existía antes de la contratación del seguro y, en caso afirmativo, plantear una exclusión o una sobreprima.
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